Normativas para el espacio público en el Centro Histórico (II)
25 de septiembre de 2015
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Si en reporte anterior se comentaba sobre algunas de las normativas que establecen las regulaciones urbanas para el espacio público en el Centro Histórico La Habana Vieja, específicamente las referidas a la ocupación y acciones constructivas posibles, éste se refiere a las exigencias vinculadas al mobiliario urbano, la iluminación, la red vial y peatonalización y los carteles y señaléticas.
Los elementos de descanso pertenecientes al mobiliario urbano de plazas, parques o avenidas no podrán obstaculizar la libre circulación de personas y los bancos de valor histórico serán conservados; mientras que los ornamentales y conmemorativos de alto valor patrimonial serán conservados en el sitio original, y en caso de deterioro ambos se sustituirán por otros similares en diseño y materiales.
Aunque no siempre sucede como se necesita, los elementos de higiene pública como contenedores y cestos deben estar colocados en lugares de flujo peatonal cercanos a las intersecciones de vías locales, sin obstruir el tráfico vehicular ni el acceso a los inmuebles. Y por otra parte se permite la colocación de kioscos para la venta de productos culturales e industriales, sin interrumpir las visuales del entorno y la accesibilidad siempre que se reserve al menos, 1,50 metros de franja libre para la circulación peatonal.
Y según las regulaciones se prohíbe la colocación de teléfonos públicos y buzones en portales privados, junto a vidrieras de comercios, y en la entrada principal de inmuebles, donde obstruyan la circulación peatonal o vehicular.
La ubicación de luminarias, siempre que no provoque deslumbramiento, será posible en postes que no obstruyan la circulación peatonal y vehicular, también adosadas a la pared y colgadas en los techos de portales públicos a una altura mínima de 3 metros y alineadas según los ejes entre columnas.
Las regulaciones exigen sobre la red vial y la peatonalización que podrá ejecutarse el cierre parcial o total de calles, de forma excepcional ante eventos transitorios como: demolición, reparación o construcción de edificios o redes técnicas y en vías locales se prohíbe el tránsito de vehículos de carga y de transporte colectivo con de más de 3,50 toneladas y vehículos ligeros con remolque.
Finalmente, sobre carteles y señalética las regulaciones del Centro Histórico instituyen, en primer lugar, que se deben respetar los valores arquitectónicos y artísticos del inmueble donde se coloquen y la imagen de su entorno inmediato. Eso solo se logra si los carteles se ubican en el acceso principal del inmueble con textos legibles, escritos en idioma español, y si se prohíbe la colocación de anuncios sobre aceras, o sobre la vía pública y de “cajones lumínicos”, entre otras normativas.
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