Casa de Inquisidor 406 entre Sol y Santa Clara II
16 de mayo de 2014
|A finales del siglo XIX, la vivienda lindaba por la derecha con la casa No. 16 de Don Leopoldo Carvajal, por la izquierda con la No. 12 de Doña Matilde Chapottin, y por el fondo con la casa No. 41 de la calle de San Ignacio, de la Condesa de la Reunión de Cuba. Sus vecinos eran también importantes familias habaneras, constituidas por ricos hacendados y portadores de títulos nobiliarios.
Medía a la sazón, 16 m 50 cm de frente, 23 m 61 cm de fondo y 15 m 50 cm de frente de fondo, con un terreno que formaba un martillo de 9 m 25 cm de frente, 15 m de fondo y 8 m 50 cm de frente de fondo
Esta casa fue hipotecada varias veces, pero una de estas ocasiones sirvió para aportar la parte que le correspondía en ella a Ángel Augusto Domine y Poey, como garantía a la suma de 8 000 pesetas que gravaban a este señor por el homicidio de Don Alberto Duany y Griñam, causa No. 431 del año 1904.
Desde entonces, y hasta 1908 en que la venden, la casa estuvo en manos de los descendientes de la familia Poey y Hernández. Fue comprada por el comerciante Luis López y Martínez Yañes, y luego heredada por su esposa en 1923.
En una inscripción de 1952 la casa ya aparece señalada con el No. 406 de la calle de Inquisidor, con sus accesorias anexas marcadas con las letras A y B. Su dueña Da. María Josefa López, residente en España, en título de aportación, cedió este inmueble a Inmobiliaria Inquisidor S.A. (una sociedad civil anónima domiciliada en Galiano No. 352 que tenía por objeto comprar, vender, dar en arrendamiento, y explotar fincas urbanas o rústicas) en pago de 250 acciones del portador de un valor nominal de 100 pesos cada uno, tasando la finca en 25 000 pesos moneda oficial.
En 1953 la sociedad Inmobiliaria Inquisidor S.A. (ahora residente en este propio inmueble) traspasó la finca a Doña Juana Saret Calanda, en pago de las referidas 250 acciones al portador propiedad de dicha señora.
Algunos de los propietarios del edificio vivían fuera de la Isla o en otras direcciones, por lo que posiblemente el edificio fue explotado como inquilinato, o sea, aunque era arrendado en su totalidad, su dueño por este plazo de tiempo obraba como sub-arrendador del inmueble, de seguro destinado a vivienda multifamiliar y comercio en planta baja, lo que era habitual en la zona más antigua de la ciudad desde mediados del siglo XIX.Y como casa de inquilinato llegó al siglo XX, transformándose y subdividiéndose como hoy se conserva. No obstante, al mantener gran parte de su integridad física y los elementos antes mencionados, esta casa colonial está amparada con el Grado de Protección II.
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