Reforma constitucional en la lupa de los diputados
21 de julio de 2018
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Las comisiones de trabajo de la Asamblea Nacional del Poder Popular se reunieron este viernes en tres grupos para continuar el estudio del anteproyecto de Constitución y la aclaración de dudas, jornada que acompañó el presidente del legislativo, Esteban Lazo Hernández, miembro del Buró Político del Partido.
El diputado José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento, aseguró al comenzar la jornada que estos debates se realizaban luego de las dos jornadas anteriores, las que se dedicaron a la lectura individual del documento.
La matancera Darianna Acuña Polledo, entre las primeras en intervenir en este grupo de trabajo, defendió que en los postulados constitucionales debía mantenerse el tema de nuestra historia, sobre todo cuando se les ha pedido a los jóvenes no olvidar nuestro devenir.
Pedro Esquivel, diputado por el capitalino municipio del Cotorro, planteó la necesidad de que se mirara al pensamiento político-militar del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz. Igualmente agregó que hasta hoy el Partido ha tenido en sus manos los asuntos de la defensa y aquí en la nueva Constitución no queda claro si rectora esta actividad o no.
En tal sentido, Toledo Santander explicó que en el artículo 5 de la Constitución se explica cómo el Partido es la fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado.
Gladys Bejerano Portela, vicepresidenta del Consejo de Estado y contralora general de la República afirmó que era muy buena esa inquietud, pues demostraba cómo nuestra sociedad validaba el papel del Partido y cómo tenemos claro que la defensa de la Revolución es vital.
La Contralora General de la República pidió así incluir este tema en el artículo relacionado con el Partido, en el sentido de que «organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia la construcción y defensa del socialismo».
El diputado Orestes Llanes Mestre, vicecoordinador general de los Comité de Defensa de la Revolución, opinó que en la Constitución de 1976 se habla «de construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista», y ahora no se pone «avance».
En tal sentido Esteban Lazo detalló que en esa fecha había una situación diferente, y que ahora no podemos olvidar que tuvimos un 6to. y 7mo. congresos del Partido, y que además, el Parlamento aprobó la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista, donde se plantea con exactitud lo relativo a la ideología marxista-leninista y la visión de tener un país soberano, independiente, democrático, socialista, próspero y sostenible.
Alicia Alonso Becerra, rectora de la Universidad Tecnológica de La Habana José Antonio Echeverría, apuntó que en el artículo 22 se plantea que el Estado regula que no exista la concentración de la propiedad, pero en su opinión debe agregarse también la regulación de la concentración de la riqueza, como mismo se aprobó en anteriores documentos del Partido.
La diputada Johana Odriozola Guitart, al frente de la Dirección Jurídica del Ministerio de Economía y Planificación, y miembro de la Comisión para la redacción del anteproyecto de la Constitución, recordó que este es un tema que ha sido objeto de debate más de una vez en la Comisión.
«En el artículo 22 se expresa que la ley establecerá las regulaciones para dar cumplimiento a la concentración de la propiedad, pero la aprobación definitiva del texto constitucional nos va a obligar a modificar todo nuestro ordenamiento jurídico para ponerlo a tono con esto.
«En las normas aprobadas y otras que debemos aprobar es factible desde el punto de vista jurídico regular la propiedad, como por ejemplo tener una sola licencia del trabajo por cuenta propia, solo se puede tener una cantidad de tierra en usufructo…, pero en términos de riqueza, que muchas veces se expresa más de forma monetaria que en bienes, es mucho más difícil la regulación, porque llevaría límites cuantitativos que son difíciles de establecer y que difieren a partir de los distintos ingresos que pueden tener las personas», argumentó.
Las leyes que demanda la Constitución
Ante la inquietud del diputado Pedro Miguel Pérez Betancourt sobre el sistema de leyes que va a ser adoptado después de la aprobación de la Constitución y su influencia en las transformaciones que se están implementado por estos días, Toledo Santander explicó que aproximadamente 52 normas legales tendrán que elaborarse posteriormente a la entrada en vigor de la Constitución, entre estas algunas nuevas y otras ya vigentes que tendrán que ser revisadas y actualizadas.
Por eso —alegó— la disposición transitoria decimotercera del nuevo texto constitucional aprueba en el término de hasta 18 meses un cronograma legislativo que dé cumplimiento a lo que se apruebe.
Hay muchos preceptos —agregó— que no pueden tener un desarrollo amplio en la Constitución, ni pueden quedar definidos —como sucede con el tema económico—, debido a la variabilidad que pueden tener en el tiempo, por lo que es mejor derivarlos en leyes que permitan hacer los cambios necesarios en el momento oportuno.
Dirección, regulación y control de la actividad económica
El tema de la participación de los trabajadores en la dirección, regulación y control de la actividad económica fue ampliamente debatido este viernes. La diputada Carmen Rosa López preguntó, haciendo referencia al artículo 27 de la nueva constitución: ¿A qué nos referimos cuando hablamos de regulación en el caso de la participación de los trabajadores?
La respuesta la aportó la diputada Johana Odriozola Guitart cuando le aseguró que, en primer lugar, este es un artículo que sufrió modificaciones en el seno de la comisión encargada de redactar la reforma constitucional.
En un inicio se entendió que estaba solo circunscrito a los temas de la planificación y que la participación de los trabajadores debía ir más allá de los procesos de ejecución, dijo. De ahí que este anteproyecto que estamos evaluando tiene como novedad en los artículos referidos al Consejo de Ministros que el Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) participa por derecho propio en el máximo órgano de Gobierno en Cuba, acotó.
«A partir de estos elementos esenciales, y con el espíritu de entender que debemos lograr una participación cada día más activa de los trabajadores en cualquier proceso de dirección que tiene la actividad económica, y que pasa incluso por los aspectos regulatorios a cada nivel, es que se amplió el alcance del artículo y, por tanto, consecuentemente, la participación de los trabajadores en el proceso», afirmó
José Luis Toledo Santander agregó que, conforme a lo establecido, más adelante se regulará cómo será la participación efectiva de la CTC, de conjunto con el Estado, para reforzar la presencia de los trabajadores en todo el tránsito de la economía del país.
En consecuencia, la diputada Milagros de la Caridad Pérez Caballero propuso modificar el artículo para que diga: «Los trabajadores participan en la proyección, ejecución y control de manera activa y consciente en estos procesos conforme a lo establecido», porque, dijo, «hoy los trabajadores no ven de qué manera se participa en la proyección del plan de la economía y solicitan» que se discuta con ellos su conformación.
Medios de producción
¿Los servicios se quedan fuera?, cuestionó Arnaldo Tamayo Méndez, diputado por el municipio de Baracoa, Guantánamo, al repasar el contenido del artículo 21, inciso E, sobre los medios de producción y la propiedad privada.
Johana Odriozola respondió que el artículo está redactado en función del término de Economía Política de los medios de producción, entendido como los instrumentos que existen para poder producir.
«Estos medios —explicó— producen bienes y servicios, pero en este acápite, el término se está refiriendo a un bien material que se explota con la condición de tener riqueza». No obstante, agregó, se podría llevar nuevamente a la comisión para hacer los análisis pertinentes.
La diputada Yinet Infante Paifer planteó con respecto al último párrafo del artículo 21 la posibilidad de sustituir la palabra «más» con la que se refiere a que «El Estado estimula vías de carácter más social» por «aquellas que respondan a un interés colectivo» u otra denominación de carácter menos subjetivo.
Habeas Corpus
La redacción del artículo 50 referido al habeas corpus también llamó la atención del diputado Arnaldo Tamayo Méndez, quien sugirió sustituir «quien estuviere privado de libertad ilegalmente», por «quien considere estar privado de libertad ilegalmente».
En respuesta al planteamiento, Toledo Santander explicó que este cambio implicaría que todas las personas que la policía detiene pueden interponer un habeas corpus, y en este artículo «tratamos de proteger el derecho que tiene una persona, si es detenida o privada de libertad, para que se haga conforme a las exigencias que la ley establece».
Por ejemplo, destacó, la policía puede tener detenida a una persona 24 horas sin darle cuenta a un instructor policial, pero si a esa persona la policía la tiene detenida 48 horas en las mismas condiciones —refiriéndonos a un delito grave—, esta privación no es legal y esta persona tiene derecho a pedir un habeas corpus. Este es un término de garantía del cumplimiento de las exigencias que se establecen en la ley para que un individuo sea privado de libertad.
El diputado Ariel Mantecón Ramos agregó que el habeas corpus es una solución que tiene en Cuba la ley ordinaria de procedimiento penal, pero no está en la Constitución, y hay que llevarlo hasta esta por el arraigo que tiene en los derechos fundamentales; pero ciertamente hay que revisar la manera en la que está redactado en la Constitución.
Garantías para todos
El artículo 64, que versa sobre el derecho de los ciudadanos a tramitar quejas y peticiones ante las autoridades y recibir respuesta según los tiempos establecidos en la ley, llevó a Jorge Crespo Leicea, uno de los diputados, a solicitar que en el mismo se estableciera que la gestión debía realizarse previa identificación de la persona que hiciera el reclamo, y evitar los anónimos.
Ante la madurez política y revolucionaria del pueblo, señaló, los problemas, que tanto irritan, deben enfrentarse abiertamente, pues estos tienen en su base la falta de control y de fiscalización en los diferentes niveles, y existen organismo e instancias en los cuales pueden discutirse.
En respuesta al planteamiento, una diputada, Yoraida Núñez Bello, miembro de la Comisión redactora, reconoció el derecho del colega a hacer la observación; sin embargo, expresó que establecer previa identificación para que la ciudadanía haga un trámite de este tipo, limita el derecho de queja.
Sea identificándose o a través de anónimos, se han descubierto hechos muy graves, ejemplificó. En caso de que lo que se denuncie sea mentira —indicó— puede lacerarse a personas inocentes, pero —explicó más adelante— las administraciones tienen que saber cómo hacer la investigación para evitar esto.
Otra representante del pueblo expuso que este punto, que está dentro del capítulo de los Derechos individuales, fija el derecho de las personas a tramitar quejas y peticiones y la obligación de la administración de darles respuesta, aunque no es menos cierto que en ocasiones quienes hacen una queja son mal vistos, añadió.
La diputada Gladys Bejerano también defendió el derecho de tramitar una queja sea identificándose o no. «Con el paso de los años, desde el establecimiento de la Contraloría, hemos podido comprobar que han aumentado las denuncias de personas que se identifican», dijo.
En los comienzos —abundó— casi el 90 por ciento de las denuncias que se remitían eran anónimas, y ahora alrededor del 70 por ciento son hechas por personas que se identifican.
En la medida en que los organismos van trabajando mejor en su funcionamiento diario, y las personas pueden recibir respuestas, la gente se identifica más —aunque hay excepciones—. En la medida en que en cada lugar la ciudadanía es atendida y se le da respuesta debida a los problemas, disminuyen los anónimos.
A mí, en lo personal —expuso la Contralora— me gusta que la gente esté dispuesta a hacer frente, pero hay quienes no pueden hacerlo. En la Ley de la Contraloría se establece dar protección a las personas, y hay quien pide no ser identificado, porque a veces hay represalias, en ocasiones muy sutiles y otras cosas muy subjetivas.
Incluso, aunque son los menos, hay casos, como en denuncias de corrupción, que la persona que lo hace puede poner en juego su seguridad y hasta la de su familia.
El matrimonio entre dos personas
Sobre el artículo 68, en el cual se refiere que el matrimonio es la unión voluntaria concertada entre dos personas con aptitud legal para ello, el diputado por Cienfuegos Fredy Luis Sánchez, expresó la duda de que si al no nombrarse ahora, como sí está en la Constitución vigente, al hombre y a la mujer, también se está refiriendo a la comunidad homosexual.
En mi interpretación —señaló— es un avance; lo que me preocupa es hasta dónde esto llega, pues en algunos países no se permite la adopción de hijos por matrimonios del mismo sexo.
La diputada Ana Teresa Igarza, miembro de la Comisión para la Reforma Constitucional, señaló que sí, que se trata de que el matrimonio es entre dos personas, sean del mismo sexo o no.
Esto es algo que se había venido discutiendo durante muchos años por la Federación de Mujeres Cubanas (FMC) y el Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex), y recientemente —abundó— la Organización Mundial de la Salud (OMS) excluyó correctamente al homosexualismo como una enfermedad mental.
Gerardo Enrique Hernández Suárez, «Pupi», diputado por La Habana, comentó que este paso es muy importante y «estoy convencido de que en la consulta que se hará será aprobado por la mayoría del pueblo».
Protección a los más vulnerables
Sobre el artículo 74, referido a la protección por el Estado de las personas con discapacidad, un diputado por la provincia de Guantánamo expresó la necesidad de que se plasmara también la responsabilidad de la familia en esta tarea. «La familia tiene un papel fundamental en este sentido», enfatizó.
La diputada Marisel Castañeda, de La Habana, explicó también la necesidad de tomar en cuenta en el articulado del anteproyecto de Constitución la obligación de la familia —y no solo de la escuela— de ser parte activa en la educación de los hijos de inculcarles valores morales, éticos y cívicos.
La escuela tiene impacto en la formación de valores, pero la educación comienza en la cuna, enfatizó al referir que en las aulas se puede dar una enseñanza, pero si el niño llega a la casa y ve algo diferente, se logra poco.
El diputado Alberto Osorio González, por su parte, opinó sobre el artículo 94 del anteproyecto, relativo a la protección de los derechos constitucionales. En su opinión es necesario, para asegurar estos, que se establezca en los tribunales una sala de garantías constitucionales.
José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional y miembro de la Comisión para la reforma, argumentó que aquí de lo que se trata es de refrendar las garantías a la ciudadanía para reclamar en los tribunales cuando sea vulnerado un derecho, cualesquiera que este fuera, a fin de que este sea restituido y obtener reparación o indemnización por ello.
Sin embargo, agregó, la forma en que esto se hará, la Constitución lo remite a la ley que en su momento se discutirá y se materializará. De lo que se trata en este caso, reiteró, es que la Constitución reconoce el derecho.
Tomado de Juventud Rebelde
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